ACTA N.º 148
ACTA DE LA REUNIÓN TELEMÁTICA DEL CONSEJO RECTOR DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN SOTO DE LLANERA CELEBRADA EL DIA 1 DE JUNIO DE 2020.
En Urbanización Soto de Llanera, a 1 de junio de 2020.
Siendo las veinte horas treinta minutos del día de la fecha, se reunió el Consejo Rector de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Soto de Llanera mediante sesión telemática celebrada desde las oficinas sociales, para tratar los temas incluidos en el orden del día que seguidamente se recogen en este Acta, bajo la Presidencia de D.ª Cecilia Bravo Hildebrandt y con la asistencia de los abajo firmantes, adoptando los siguientes acuerdos:
1.- Cuentas del ejercicio 2019. Informe de auditoría externa.
Se exhibe y da traslado a los participantes del informe de auditoría externa de cuentas del ejercicio 2019, superada sin salvedad.
2.- Presupuesto del ejercicio 2020 y Asamblea General. Decisiones a tomar.
Se da traslado a los presentes de resultado final del montante de borrador de presupuesto elaborado por el administrador en relación con los gastos corrientes de la urbanización y de su comparación en relación con el presupuesto aprobado en su día en Asamblea General para el ejercicio 2019. Presupuesto que de forma provisional viene dando lugar a la cuota girada a los vecinos de la urbanización, en similitud a lo realizado en anteriores anualidades, de forma previa a la aprobación del presupuesto definitivo para la anualidad en curso.
Tras informar a los participantes de las normas que pudieran servir de referencia para la convocatoria y en su caso celebración de Asamblea General y valorada la actual situación de estado de alarma sanitaria, que aplaza este tipo de reuniones, máxime para las que pudieran acoger al volumen de participantes de una comunidad tan dimensionada, se plantea y es aprobado por unanimidad remitir nota informativa a los vecinos al respecto de que al manos hasta entrado el último trimestre del año resulta cuanto menos incierta la celebración de Asamblea General. Así el artículo 40 del R.D. Ley 8/20 de 17 de marzo, modificado por disposición final 13ª del R.D. Ley 11/2.020 de 31 de marzo, bajo la denominación “Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado”, contempla, en relación a asociaciones y sociedades civiles y mercantiles, prorrogas de 3 meses desde la finalización del estado de alarma para la celebración de Juntas Generales, pero en nada menciona a las Comunidades de Propietarios.
Estatutariamente en el caso de Soto de Llanera, establecida la celebración de la Asamblea General Ordinaria dentro del primer semestre de cada año y declarado (y aún vigente) el estado de alarma inicial el 14 de marzo pasado, cabria entender suspendido el plazo semestral de celebración, cuyo cómputo cabria entonces interpretar podría reanudarse tras el levantamiento de la alarma, siempre y cuando desaparecieran las restricciones de movilidad y reunión.
Aún consideradas por el Consejo acogerse a alguna de estas interpretaciones para la convocatoria y celebración de Junta General (en octubre, como muy pronto), es lo cierto que, de mantenerse como parece restricciones, difícilmente podría ser garantizada la celebración de una Junta en las condiciones de necesaria seguridad y distanciamiento personal, dada la carencia de medios técnicos, materiales y dependencias adecuadas.
Extensiva la imposibilidad material, a contemplar la celebración de la Junta de manera telemática, de dudosa legalidad además esta opción, dadas la exigencias estatutarias y de LPH en materia de asistencia personal y representación.
Es por ello que este Consejo Rector, ante el incierto marco actual y a la espera de cómo se van sucediendo los acontecimientos sanitarios y normativos, acuerda por unanimidad posponer cualquier convocatoria hasta cuando menos el último trimestre del año, si fuera entonces posible su celebración, contemplándose para caso la celebración no pudiera acometerse, la prórroga presupuestaria y de cuotas mensuales para 2.020, con mantenimiento de mismas cuotas que en el ejercicio anterior, decisiones éstas a adoptar en futuras reuniones del Consejo Rector.
Se hará pública esta decisión mediante publicación de nota donde además se informará de la posibilidad de acceder al informe de auditoría de cuentas del ejercicio 2019 a través de la página web.
Se acuerda la contratación de Rafael F.V. por 4 meses que pudieran ser prorrogables.
3.- Instalaciones deportivas y piscinas en temporada de verano. Fiestas y celebraciones.
Se acuerda la cancelación de celebración de la hoguera de San Juan, así como de las fiestas que entorno al 8 de Septiembre vienen siendo organizadas por la comunidad.
Se informa del contenido de la Orden SND/414/2020 que viene a regular las piscinas de carácter recreativo como son las piscinas comunitarias de la urbanización. Se informa del contenido de ficha de evaluación realizada con indicación de las medidas y medios propuestos por el administrador. Así mismo se exhibe y explica plano elaborado con parcelación de espacios de 4 metros cuadrados.
Tras amplio debate al resto del asunto se acuerda la apertura de las piscinas comunitarias del 1 de julio al 13 de septiembre en horario de atención a los vecinos de 11 a 21 horas para ambas instalaciones.
Se acuerda que los vestuarios permanecerán cerrados, únicamente a disposición del socorrista. Las piscinas infantiles también permanecerán cerradas.
Se establece la aplicación de turnos de dos horas que serán objeto de reserva mediante aplicación informática vinculada la a web: urbanizacionsotodellanera.com
Se podrá realizar únicamente una reserva por día y vivienda, quedando el sistema de reservas y por tanto el acceso a las piscinas limitado al acceso a los propietarios que en zona residencial tramiten su alta en el sistema. Dicha reserva podrá ser una vez por día y para un máximo de 6 asistentes por familia dada de alta, que ocuparan uno de los espacios de 4 metros cuadrados que estarán debidamente señalados. Los asistentes deberán ser identificados en el momento de la reserva.
El servicio de socorrismo podrá determinar turnos en el tiempo de 2 horas, para el caso de que el número de bañistas supere el 30% del aforo máximo de la piscina.
Deberá abandonarse la instalación 10 minutos antes del cumplimiento de las dos horas reservadas y el acceso se realizará también con 10 minutos de retraso. Ello al objeto de posibilitar la realización de labores de limpieza y desinfección de pomos de duchas y escaleras de acceso a la piscina, así como el control de acceso a la instalación.
La puerta de acceso a la piscina no será la misma que la de salida, al objeto de limitar la interactuación en el entorno de la instalación de los asistentes. Así mismo se hará para las escaleras de acceso a la piscina.
De forma adicional y pasado el tiempo de inicio de cada turno el socorrista podrá tramitar extraordinariamente reserva de espacio para el caso de vecinos que no disponiendo de usuario en el sistema, ello previa acreditación mediante presentación de DNI y tras comprobación en los datos que se le pondrá a disposición del socorrista. Dicha reserva será sólo para uno de los turnos y día.
No se pondrá a disposición de los usuarios hamacas, sombrillas ni otro tipo de material. Queda a disposición de los usuarios acudir con su hamaca de mano, que deberá en todo caso permanecer dentro del espacio que le corresponda y deberá ser retirada a la finalización de su turno. No se realizará custodia de este tipo de material en la instalación por razones de higiene.
No se impartirán cursillos, ni se desarrollaran campamentos en la instalación.
Se establecerán medios de penalización para el caso de uso abusivo del sistema o realización repetida de reserva sin acudir a la instalación y no haber realizado cancelación de la reserva. La cancelación de la reserva podrá ser tramitada mediante la misma aplicación por el usuario.
Se exhorta a todos los usuarios para que muestren el mayor civismo y mutuo respeto en la utilización de las instalaciones, así como para que presten colaboración plena a los socorristas, personal de servicio y propio administrador comunitario, supervisor éste del funcionamiento del sistema.
Se acuerda la contratación del sistema de reservas con la entidad Asturnet conforme al presupuesto de servicio presentado de 780€ más IVA más cuantía de otros 600€ más IVA para el caso fuera preciso tratamiento adicional de datos lo adaptación adicionales.
Se acuerda, tras valoración de los presupuestos de las ofertas recibidas para la contratación del servicio de socorrismo, la contratación del mismo con la entidad Motiva. Se acuerda así mismo renovar contrato para la realización de análisis de control de piscinas con la empresa Analiza.
4.- Solicitudes diversas.
Se da lectura al correo de fecha 26.mayo.2020 remitido por vecino de la calle Eucaliptos, que reclama la poda de árbol en el jardín del n.13 de la calle Las Palmeras. Se comunicará la existencia de la reclamación al titular de la vivienda mencionada.
Se da a lectura al correo de fecha 25.mayo.2020 que reclama actuación de poda en los arboles del límite sur de vivienda de la calle Los Nogales. Se acuerda solicitar información al servicio jurídico al objeto de la existencia de obligación de proceder a la poda solicitada.
Se da lectura al correo de fecha 19.mayo que solicita indicación de sentidos de circulación peatonal en las aceras de la urbanización. Se desestima la posibilidad planteada al objeto de no mermar la atención por parte del personal de que se dispone en relación con las labores de limpieza y por no considerar que la densidad de tránsito peatonal por las aceras requiera esta medida.
Se informa de comunicación municipal recibida el 28 de mayo informando de la apertura de nave destinada a almacenamiento, venta y alquiler de vehículos en finca colindante con la denominada parcela 11 del sector 6. Se considera no ha lugar actuación por parte de la comunidad en relación con el asunto.
Se exhibe video que recoge el estado del colector en su discurrir desde el aparcamiento que da acceso al colegio de Los Robles y que continua hacia el sector 3 a través de la ladera colindante con el colegio. En el citado video se aprecia importante presencia de raíces en el colector. Se considera oportuno por los presentes proceder a la búsqueda de soluciones para la eliminación de las citadas raíces, recurriendo si fuera preciso a trabajos de fresado mecánico de las raíces en las zonas en las que ello pudiera resultar factible.
5.- Ruegos y preguntas.
Nada que recoger.
Sin más asuntos que tratar, se cierra el acto siendo las 23:30h. del día reseñado en el encabezamiento.
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